jueves, 6 de marzo de 2025

FUNCIONES DEL VICEPRESIDENTE DE APAFA

 Artículo 26º.- Son funciones del Vice-Presidente:

a.      Reemplazar al Presidente del Consejo Directivo en caso de ausencia o remoción.

b.     Colaborar con el Consejo Directivo e integrar las comisiones por acuerdo de la Asamblea General o el Consejo Directivo.

c.      Las demás que se establezcan en el estatuto de la Asociación.



FUENTE:  REGLAMENTO DE APAFA

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